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Maternidad20 de marzo de 2026· 8 min de lectura

Permiso de maternidad en España 2026: 19 semanas, prestación y cómo solicitarlo.

Todo sobre el permiso de maternidad en España en 2026: 19 semanas tras el Real Decreto-ley 9/2025, distribución, prestación económica, cómo solicitarlo al INSS y permiso de paternidad.

Revisado por Equipo Nidar · Última revisión: 7 de octubre de 2026Nuestro proceso editorial
Permiso de maternidad en España 2026: 19 semanas, prestación y cómo solicitarlo.

El permiso de maternidad en España en 2026 es de 19 semanas para la madre, con una prestación económica del 100 % de la base reguladora durante todo ese periodo. La ampliación de 16 a 19 semanas entró en vigor el 31 de julio de 2025 con el Real Decreto-ley 9/2025; solo las 2 semanas de disfrute hasta los 8 años se aplican también, con carácter retroactivo, a los nacimientos desde el 2 de agosto de 2024. Hay muchos detalles sobre cómo distribuir esas semanas, cómo solicitarlo y qué opciones tienes que conviene conocer antes de que llegue el momento.

¿Cuántas semanas dura el permiso de maternidad en 2026?

El permiso de maternidad (técnicamente llamado "permiso por nacimiento y cuidado de menor" para la madre) es de 19 semanas desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 9/2025 el 31 de julio de 2025. De esas 19 semanas:

  • Las primeras 6 semanas son de descanso obligatorio e intransferible. Deben tomarse de forma ininterrumpida a jornada completa inmediatamente tras el parto. Son para la recuperación física de la madre y no pueden cederse ni aplazarse.
  • Las 11 semanas siguientes son flexibles (hasta los 12 meses del bebé). Puedes disfrutarlas de manera continua tras las 6 obligatorias o distribuirlas en periodos semanales —consecutivos o no— hasta que el bebé cumpla 12 meses. También pueden disfrutarse a tiempo parcial si hay acuerdo con la empresa. Además, la madre biológica puede adelantar su inicio hasta 4 semanas antes de la fecha prevista de parto.
  • 2 semanas adicionales de disfrute flexible hasta los 8 años del menor. Estas dos semanas, que se pueden solicitar desde el 1 de enero de 2026, pueden tomarse en periodos semanales en cualquier momento hasta que el hijo o hija cumpla 8 años. También se cobran al 100 % de la base reguladora.

Esta estructura es especialmente útil si tu pareja también tiene permiso: podéis coordinar las semanas flexibles para que el bebé esté con un progenitor durante los primeros meses, y reservar las 2 semanas adicionales para momentos concretos (adaptación a la guardería, enfermedad, etc.).

Tip

Si tu hijo o hija nació entre el 2 de agosto de 2024 y el 30 de julio de 2025, no te corresponde la semana extra del primer año (tu permiso fue de 16 semanas), pero sí las 2 semanas adicionales de disfrute hasta los 8 años (4 en familias monoparentales), que se pueden solicitar desde el 1 de enero de 2026 sin un nuevo reconocimiento del derecho.

Atención

En caso de parto prematuro con falta de peso, o si el bebé necesita estar hospitalizado más de siete días tras el nacimiento, el permiso se amplía en tantos días como dure la hospitalización, con un máximo de 13 semanas adicionales.

Permiso ampliado para familias monoparentales

Las familias monoparentales tienen derecho a 32 semanas de permiso por nacimiento (frente a las 19 de las familias biparentales), también al 100 % de la base reguladora. La estructura es:

  • 6 semanas obligatorias inmediatas
  • 22 semanas flexibles hasta los 12 meses del menor
  • 4 semanas adicionales flexibles hasta que el menor cumpla 8 años

Esta ampliación para familias monoparentales también quedó recogida en el Real Decreto-ley 9/2025.

¿Cuánto cobra la madre durante el permiso de maternidad?

La prestación económica por nacimiento y cuidado de menor es del 100 % de la base reguladora, lo que en la práctica se acerca mucho a tu salario habitual (con matices: la base de cotización tiene topes y no siempre coincide con el sueldo neto).

Para trabajadoras a jornada completa con sueldo mensual, la base reguladora diaria es la base de cotización por contingencias comunes del mes previo de referencia dividida entre 30. En jornada parcial o fijas discontinuas se usa la media de los últimos 12 meses (la suma de sus bases dividida entre 365). La Seguridad Social te paga ese importe diario durante todo el permiso.

Condiciones para tener derecho a la prestación:

  • Estar afiliada y en situación de alta en la Seguridad Social en el momento del parto
  • A partir de 26 años, haber cotizado un mínimo de 180 días en los últimos 7 años, o 360 días a lo largo de toda la vida laboral
  • Si tienes menos de 21 años, no hay periodo mínimo de cotización exigido
  • Si tienes 21 años o más pero menos de 26, el mínimo es de 90 días en los últimos 7 años, o 180 días a lo largo de la vida laboral
  • Si cumples todo salvo el mínimo de cotización, existe un subsidio no contributivo (el 100 % del IPREM, o tu base reguladora si es menor) durante las 6 semanas de descanso obligatorio
Atención

Las trabajadoras autónomas también tienen derecho a la prestación, calculada sobre su base de cotización, con los mismos periodos mínimos y con el requisito de estar al corriente en el pago de las cuotas. Tienen que solicitarla ellas: no es automática.

¿Cómo se solicita el permiso de maternidad al INSS?

La solicitud se tramita ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la presentas tú, no tu empresa. Puedes hacerlo de dos formas:

  1. Online, a través del portal Tu Seguridad Social o la Sede Electrónica (con certificado digital, DNIe o Cl@ve): es la opción más rápida
  2. Presencialmente, en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), con cita previa

Documentación necesaria:

  • DNI o NIE
  • Informe de maternidad del servicio público de salud
  • Libro de familia o inscripción en el Registro Civil (puedes presentarlo después si aún no lo tienes)
  • Datos bancarios para el abono de la prestación
  • Si el periodo es compartido con el otro progenitor: documentación del otro progenitor

Cuándo solicitarlo: Conviene tener la documentación preparada antes del parto y presentar la solicitud en cuanto empiece el permiso. El subsidio se paga desde el mismo día en que comienza el descanso (el del parto, o antes si la madre lo adelanta), aunque la resolución del INSS llegue más tarde.

Muchas mujeres esperan a dar a luz para ponerse con la solicitud y se encuentran con que el primer pago tarda semanas. Tener la documentación preparada de antemano y tramitarlo online en cuanto nace el bebé agiliza mucho el proceso.

¿Cuántas semanas tiene el permiso de paternidad en 2026?

El permiso de paternidad (también llamado "permiso por nacimiento y cuidado de menor" para el otro progenitor) es igualmente de 19 semanas desde el Real Decreto-ley 9/2025, con la misma estructura que el de la madre:

  • 6 semanas obligatorias e intransferibles a disfrutar inmediatamente tras el parto
  • 11 semanas flexibles que pueden tomarse de forma continua o en periodos semanales antes de que el bebé cumpla 12 meses
  • 2 semanas adicionales de disfrute flexible hasta que el menor cumpla 8 años (disponibles desde el 1 de enero de 2026)

La prestación es también del 100 % de la base reguladora, con los mismos requisitos de cotización. Son permisos individuales e independientes: no se reparten ni se pueden ceder de un progenitor a otro.

Consejo práctico

Las 11 semanas flexibles de cada progenitor pueden coordinarse para que uno empiece cuando el otro termina las 6 obligatorias. Con una buena planificación, el bebé puede estar con un progenitor durante los primeros 6-7 meses sin necesitar guardería. Las 2 semanas adicionales de cada uno son un comodín que podéis guardar para la adaptación a la guardería o cualquier otro momento de mayor necesidad.

¿Qué es la excedencia por cuidado de hijos y cuándo pedirla?

Cuando terminan las 19 semanas de permiso retribuido y todavía no quieres (o no puedes) reincorporarte, existe la excedencia por cuidado de hijos:

  • Duración máxima: 3 años desde el nacimiento del hijo
  • Durante el primer año, tu puesto de trabajo queda reservado (hasta 15 o 18 meses en familias numerosas, y hasta 18 meses si ambos progenitores la disfrutan con la misma duración y régimen). Después, la reserva es a un puesto del mismo grupo profesional o categoría equivalente
  • La excedencia no está remunerada por la empresa ni por la Seguridad Social (salvo que tu convenio colectivo establezca lo contrario)
  • Hasta tres años de excedencia por cuidado de cada hijo se consideran cotización efectiva para jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia y nacimiento y cuidado de menor

Pídela por escrito a tu empresa con la antelación que establezca tu convenio.

¿Cómo gestionar bien la vuelta al trabajo tras la baja maternal?

La vuelta al trabajo después de 19 semanas es uno de los momentos más complejos emocionalmente del posparto. Algunos consejos prácticos:

Antes de reincorporarte:

  • Si tu bebé irá a la guardería, empieza el periodo de adaptación dos o tres semanas antes de tu vuelta para que el proceso no coincida exactamente con tu primer día
  • Habla con tu empresa sobre la posibilidad de una reincorporación gradual o teletrabajo las primeras semanas: tienes derecho a solicitar la adaptación de tu jornada por conciliación, aunque la empresa puede negarla de forma justificada
  • Solicita la reducción de jornada por cuidado de hijos si la necesitas: tienes derecho a reducir entre un octavo y la mitad de la jornada con reducción proporcional del salario, hasta que el niño cumpla 12 años

Los primeros días:

  • Anticipa que pueden ser emocionalmente difíciles: es normal sentir culpa, tristeza o alivio (o todo a la vez)
  • Organiza la logística con antelación: quién lleva al bebé a la guardería, quién recoge, qué pasa si el bebé está enfermo
  • Date permiso para necesitar un tiempo de readaptación
Lista de gestiones antes de que nazca el bebé
  • Calcular tu base reguladora aproximada para saber qué cobrarás
  • Preparar la documentación para la solicitud al INSS (DNI, datos bancarios)
  • Tener a mano el acceso digital (certificado, DNIe o Cl@ve) para tramitar la solicitud online en cuanto empiece el permiso
  • Coordinar con tu pareja cómo distribuiréis las 11 semanas flexibles de cada uno
  • Planificar cuándo usar las 2 semanas adicionales flexibles (hasta los 8 años del menor)
  • Hablar con tu empresa sobre la fecha de reincorporación y posibles flexibilidades
  • Valorar si necesitarás excedencia o reducción de jornada
  • Buscar guardería o cuidado alternativo con tiempo suficiente (muchas tienen lista de espera)
  • Consultar tu convenio colectivo: puede mejorar lo establecido en la ley
  • Si tienes un hijo nacido desde el 2/8/2024, comprobar si te corresponden las 2 semanas adicionales hasta los 8 años

Resumen

El permiso de maternidad en España en 2026 ofrece 19 semanas remuneradas al 100 % gracias al Real Decreto-ley 9/2025: 6 obligatorias inmediatas, 11 flexibles hasta los 12 meses y 2 adicionales que puedes usar en cualquier momento hasta que el menor cumpla 8 años. Las familias monoparentales tienen derecho a 32 semanas en total. Tramitarlo con antelación, coordinar las semanas flexibles con tu pareja y conocer las opciones posteriores (excedencia, reducción de jornada) te ayudará a aprovechar al máximo este tiempo. Si tienes dudas específicas sobre tu situación, un asesor laboral o la propia Seguridad Social pueden orientarte de forma gratuita.

Este contenido tiene carácter informativo y no sustituye la valoración de tu matrona, ginecólogo o pediatra. Ante cualquier duda sobre tu salud o la de tu bebé, consulta siempre con un profesional sanitario.

Sobre la autora
Equipo Nidar
Redacción Nidar

Redacción especializada en salud materno-infantil, elaborada a partir de fuentes oficiales (AEP, OMS, SEGO, Seguridad Social).

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